Parejas a las que ayudamos
Algunas personas llegaron con visa de turista o de estudiante, se quedaron más tiempo del permitido y luego se casaron con un ciudadano. Otras están casadas con un residente y no saben si tienen que esperar. Otras entraron sin visa hace años y han escuchado opiniones contradictorias sobre si el matrimonio les sirve de algo.
También trabajamos con parejas en las que una persona está fuera del país, incluyendo prometidos que necesitan una visa K-1 para casarse en Estados Unidos, y cónyuges que terminarán el caso en un consulado. Cada situación sigue una ruta distinta, y escoger la equivocada cuesta tiempo y dinero.
Cómo se obtiene la green card por matrimonio
Los casos de matrimonio los decide USCIS bajo la ley federal de inmigración. Este es el orden habitual cuando el cónyuge inmigrante ya está en Estados Unidos.
- Paso 1: El cónyuge ciudadano o residente presenta el formulario I-130 para demostrar el matrimonio. El cónyuge inmigrante llena el I-130A con su historial personal.
- Paso 2: Si el cónyuge inmigrante entró legalmente y hay visa disponible, normalmente se puede enviar al mismo tiempo el formulario I-485 (ajuste de estatus por matrimonio), junto con el I-765 para el permiso de trabajo y el I-131 para permiso de viaje.
- Paso 3: La pareja entrega pruebas de que el matrimonio es de buena fe, es decir, real y no por motivos migratorios.
- Paso 4: USCIS cita para huellas (biométricos) y, casi siempre, para una entrevista con los dos cónyuges.
- Paso 5: Si se aprueba, el cónyuge inmigrante recibe la residencia permanente (green card). Si el matrimonio tiene menos de dos años el día de la aprobación, la tarjeta es condicional y vale por dos años.
Cómo demostrar que su matrimonio es real
El corazón de todo caso de matrimonio es la prueba de que comparten una vida. Los oficiales de USCIS ven matrimonios falsos, así que buscan un historial que crezca con el tiempo, no una carpeta armada la semana antes de enviar el caso. Un expediente fuerte suele incluir contrato de alquiler o hipoteca a nombre de ambos, cuentas bancarias y seguros compartidos, declaraciones de impuestos en conjunto, fotos de distintas fechas y lugares, y actas de nacimiento de los hijos en común.
En la entrevista de residencia por matrimonio, el oficial pregunta cómo se conocieron, cómo es su rutina diaria, cómo son sus familias y cómo es su casa. Si algo no cuadra, puede separarles y hacer las mismas preguntas a cada uno. Le preparamos con tiempo para esa cita y podemos acompañarle.
Lo que USG Law Group hace en su caso
Primero confirmamos qué ruta le corresponde: ajuste de estatus dentro del país, proceso consular desde el extranjero o visa K-1 de prometido. Revisamos cómo entró, si hará falta un perdón y si hay algo en el pasado de cualquiera de los dos que pueda complicar las cosas. Luego armamos con usted el expediente de pruebas, preparamos y revisamos cada formulario y enviamos el paquete.
Después de enviarlo, seguimos el caso, respondemos cualquier solicitud de evidencia y ensayamos la entrevista con los dos. Gigi Mejía, nuestra Gerente de Práctica USCIS, maneja la parte de peticiones ante USCIS y es la persona con la que más hablará entre una etapa y otra.
Situaciones que complican un caso de matrimonio
Hay varios problemas frecuentes. Quien entró sin inspección en general no puede ajustar estatus dentro del país y puede necesitar proceso consular, muchas veces con un perdón provisional I-601A primero. Un divorcio anterior que nunca se finalizó hace que el matrimonio actual no sea válido para inmigración. Un matrimonio reciente, una diferencia grande de edad o cónyuges que no viven juntos no descalifican, pero sí atraen una revisión más estricta.
Estar casado con un residente, en lugar de con un ciudadano, puede significar esperar un número de visa según el Boletín de Visas antes de poder enviar el I-485. En muchos casos, cada una de estas situaciones tiene salida. En la consulta gratuita le decimos con honestidad cuál es la suya.
Por qué las parejas eligen a USG Law Group
La abogada Marianela Uribe, nuestra abogada principal, pasó ella misma por el sistema migratorio después de llegar de Bolivia. Tiene licencia en Maryland y Virginia y atiende a clientes en Washington DC. Las parejas nos cuentan que ella explica todo con detalle y que sus casos avanzaron más rápido de lo que otras oficinas habían calculado.
Atendemos en persona en Woodbridge o por teléfono y Zoom, también por las tardes y los fines de semana, y ofrecemos planes de pago. Si su caso tiene dos etapas, nuestra página de Remoción de condiciones (I-751) explica qué sigue cuando la tarjeta condicional está por vencer. Las parejas que terminan el caso en el extranjero deben leer también la página de Proceso consular.


