Lun–Vie 8am–5pm · Sáb con cita

Servicio de inmigración

Abogada de residencia permanente (green card) en Woodbridge, Virginia

La residencia permanente (green card) le permite vivir y trabajar en Estados Unidos sin límite de tiempo y, más adelante, pedir la ciudadanía. No existe una sola solicitud para obtenerla. El camino correcto depende de quién es usted, de sus familiares, de cómo entró al país y de lo que ha vivido. En USG Law Group, en Woodbridge, Virginia, somos una firma de abogadas bilingües. Esta página explica las rutas principales y le indica la guía detallada de cada una.

Las formas principales de obtener la residencia permanente

La mayoría de nuestros clientes de Virginia del Norte, Maryland y Washington DC califican por una de estas categorías. Todas se rigen por la ley federal de inmigración y las decide USCIS, un consulado de Estados Unidos o, en algunos casos, un juez de inmigración.

  • Por matrimonio con un ciudadano o residente permanente. Vea nuestra página de Residencia por matrimonio.
  • Por otro familiar: un padre, hijo o hermano ciudadano, o un padre o madre residente. Vea Peticiones familiares y la página de Petición I-130.
  • Por protección humanitaria: asilo, VAWA para víctimas de abuso por parte de un cónyuge o padre ciudadano o residente, visa U para víctimas de delitos, visa T para víctimas de trata, y el estatus de joven inmigrante especial (SIJS).
  • Por cancelación de deportación, que un juez de la corte de inmigración (EOIR) puede otorgar a algunas personas con muchos años en el país.
  • Por empleo, cuando un empleador patrocina al trabajador o cuando la persona califica por sus propios méritos.

Dos maneras de terminar: dentro del país o en el consulado

Sea cual sea su categoría, el último paso ocurre de una de dos maneras. Si está en Estados Unidos y entró legalmente, puede pedir el ajuste de estatus con el formulario I-485 sin salir del país. Nuestra página de Ajuste de estatus explica ese proceso.

Si está en el extranjero, o está aquí pero no puede ajustar por la forma en que entró, el caso pasa por el Centro Nacional de Visas y por la embajada o consulado de Estados Unidos en su país. Eso es el proceso consular. Algunas personas necesitan que les aprueben un perdón provisional I-601A antes de salir, para no quedarse atrapadas afuera. Vea nuestras páginas de Proceso consular y de Perdones.

Cómo le ayudamos a encontrar y terminar su camino

La primera reunión es gratuita y se centra en una pregunta: qué ruta, si alguna, está abierta para usted. Revisamos sus lazos familiares, sus entradas y salidas, cualquier paso por la corte de inmigración, cualquier antecedente penal y cualquier solicitud anterior. Muchas personas tienen más de una opción, y algunas tienen una que no sabían que existía.

Cuando acordamos un plan, preparamos y enviamos la petición y la solicitud de residencia, respondemos las solicitudes de evidencia, le preparamos para la entrevista y podemos acompañarle. La abogada Marianela Uribe, nuestra abogada principal, supervisa cada expediente. Gigi Mejía, nuestra Gerente de Práctica USCIS, es su contacto diario en los casos ante USCIS.

Qué le puede descalificar y qué se puede arreglar

Ciertas situaciones hacen a una persona inadmisible, lo que significa que USCIS no puede aprobar la residencia a menos que se apruebe un perdón. Ejemplos comunes: presencia ilegal seguida de una salida del país, ciertas condenas penales, haber dado información falsa a inmigración y una orden de deportación anterior. También surgen motivos de salud y la cuestión de la carga pública.

Muchos de estos problemas tienen perdón: los formularios I-601, I-601A e I-212 atienden situaciones distintas. Otros se resuelven escogiendo otra categoría. Unos pocos sí cierran la puerta. Le decimos cuál es su caso en la consulta, en lugar de dejar que lo descubra después de haber pagado a inmigración.

Después de la residencia: renovación, condiciones y ciudadanía

Si obtuvo la residencia por un matrimonio de menos de dos años, su tarjeta es condicional y debe enviar el formulario I-751 antes de que venza. Nuestra página de Remoción de condiciones explica el trámite conjunto y los perdones para quienes se divorciaron o sufrieron abuso.

Las tarjetas de diez años se renuevan con el formulario I-90. Y cuando haya tenido la residencia el tiempo suficiente, normalmente cinco años, o tres si está casado con un ciudadano, puede pedir la naturalización con el formulario N-400. Visite nuestra página de Ciudadanía cuando llegue ese momento.

Por qué las familias eligen a nuestras abogadas

La abogada Marianela Uribe es una inmigrante de Bolivia que se convirtió en abogada en Estados Unidos y hoy ayuda a otras familias a lograr lo que ella logró. Tiene licencia en Maryland y Virginia y atiende a clientes en Washington DC. Toda la oficina trabaja en inglés y en español, y nuestros clientes nos dicen que explicamos todo con detalle y avanzamos más rápido de lo que esperaban.

Ofrecemos citas por la tarde, los fines de semana y por video, planes de pago. Ya sea que viva en Woodbridge, Annandale, Richmond, Baltimore o Washington DC, la primera conversación es gratuita.

Preguntas frecuentes

En palabras de nuestros clientes

Lo que dicen nuestros clientes

“Gracias a la oficina USG Law Group ya obtuvimos nuestro permiso. Somos una familia completa de 4 y fue un proceso muy rápido. Un excelente equipo de trabajo. La abogada Marianela Uribe y su equipo están pendientes de nuestro proceso. ¡Se los recomiendo mucho!”
Gregoria R.Facebook
“Los recomiendo al 100 %. ¡Han sido increíbles durante todo el caso! Explican todo en detalle y siempre le brindan los mejores consejos y orientación.”
Maria A.Yelp
“Respondieron muy rápido y explicaron todo. Gigi fue increíble, amable y paciente. Mi caso estuvo preparado en poco más de una semana, cuando otras oficinas me dijeron que tomaría mucho más tiempo.”
Cliente en YelpYelp

USG LAW GROUP LLC

¿No sabe cuál es su camino a la residencia?

Una consulta gratuita en español se lo aclara. Llame al (301) 744-0458.

Lunes a viernes de 8 am a 5 pm. Sábados con cita.